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Mostrando entradas de junio, 2020

CONCLUSIONES

Un juicio oral es cuando un acusado y un acusador con sus respectivos abogados se encuentran frente al fiscal que presenta argumentos sobre el caso frente a un juez de cabecera y un jurado que más adelante dictaminara el fallo a favor o en contra del acusado y el juez de cabecera dictara sentencia todo dentro de la corte correspondiente. Los juicios orales tendrán las mismas etapas de un juicio escrito, solo que en un menor número de audiencias y de forma oral, esto se hace con el objetivo de reducir tiempo y dinero. La reforma constitucional que fue aprobada por el senado y el congreso constituyente en marzo del 2008 a la cual se dio un margen de tiempo, es decir, hasta el año 2016 para que en los congresos locales fueran reformadas a su vez los códigos de procedimientos penales de 31 estados y el distrito federal. Como dato podemos precisar que hay estados en los cuales los juicios orales, motivo de la reforma en lo substancial, ya se encuentran vigentes. Chihuahua, Nuevo

JUICIOS ORALES EN MEXICO

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En el 2008 el congreso aprobó diversas reformas en materia judicial para adaptar los juicios orales a la impartición de justicia en el país. Sin embargo, junto con el distrito federal apenas son 4 de 32 entidades las que han adaptado esta modalidad. Los estados en los cuales ya se practican los juicios orales son: Nuevo León, Chihuahua, Oaxaca y el estado de México. Cabe mencionar que cada entidad tiene su propio estilo. El propósito de la reforma es que a partir del 2016 el país deje de aplicar el sistema de justicia inquisitorio, basado en integración de expedientes escritos, a uno acusatorio, fundamentado en juicios orales públicos, en los que se enfronten la autoridad y el abogado defensor de un acusado La oralidad y la Sentencia La estructura del proceso tiene íntima relación con su resultado final que es la sentencia . Esta, en su núcleo estará integrada por el par, hecho-derecho, al que tendrá que abordar el juez desde las presentaciones de las partes

FASES

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Hay una primera fase que se le llama instrucción, diligencias previas o bien diligencias urgentes según se trate del delito que se esté enjuiciando. En esta primera fase lo que se trata es de esclarecer los hechos y averiguar le delito, asegurar los testigos y víctimas , acordar la presión provisional sé si da el caso y medidas cautelares de embargo cuando sea oportuno. Después hay una etapa intermedia de preparación del juicio oral en la que se presentan los escritos de acusación y defensa en donde las partes definen sus pretensiones, los cargos, en definitiva de lo que se les acusa y de las pruebas que ponen encima de la mesa para incriminar. Aquí el juez acuerda las pruebas que se van a realizar y manda a señalar la fecha del juicio. La última fase es el juicio oral en él se practican las pruebas, se interrogan a los testigos, intervienen peritos, ministerio fiscal, responsables civiles y los perjudicados. Se le concede la palabra al acusado para expresar su última pala

¿PARA QUE SIRVEN LOS JUICIOS ORALES?

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Los juicios orales sirven para que se cumpla lo estipulado en la constitución referente a una impartición de justicia pronta y expedita. Conlleva a que los juicios orales sean más transparentes ya que solo tendrán valor las pruebas desahogadas ante el juez y tienen más legalidad con ello implica que todos los involucrados dentro de cualquier proceso desde sus inicios sean personas capacitadas como los son los policías a los cuales se les exigirá estar más preparados, y evitar abuso de autoridad de cualquier jerarquía. Bibliografia: SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. (2014). P23.  Audiencia de Juicio Oral.  México: SEGOB. Recuperado de: http://www.setec.gob.mx/work/models/SETEC/Macroflujo_conceptual/pdfs/m-2411.pdf

¿QUÉ SON LOS JUICIOS ORALES?

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El juicio oral es una etapa del procedimiento acusatorio adversarial. Este consta de la etapa de investigación, etapa intermedia y etapa de juicio oral. Consiste en una audiencia que se lleva a cabo para decidir de forma definitiva sobre la culpabilidad o inocencia del imputado. Esta audiencia se lleva a cabo respetando los principios del procedimiento acusatorio, como la publicidad, la oralidad , la inmediación...etc. Se inicia con los alegatos de apertura de la defensa y la fiscalía . Posteriormente se desahogan las pruebas, se dan los alegatos de clausura y el juzgador (en algunos casos son varios jueces) resuelven de manera inmediata sobre la responsabilidad o no del imputado en el delito. Posteriormente se lleva a cabo la audiencia de individualización de la pena, que en algunos casos se lleva a cabo ante un juez ejecutor o bien ante el mismo juez o tribunal del juicio oral. Bibliografia Recuperado de: https://www.aliatuniversidades.com.mx/blog/index.php/jui